sábado, 27 de octubre de 2018

El derecho internacional privado en el contexto de la globalización

El Derecho Internacional Privado en el contexto de la globalización:

La importancia de esta asignatura en la actualidad es notoria en el contexto internacional al existir un mundo global más interconectado en las relaciones jurídicas privadas internacionales que llevan a cabo personas de diferentes nacionalidades  al celebrar actos o negocios jurídicos que los vincula con algún elemento de extranjería; convirtiendo asi la relación jurídica privada de carácter extra nacional. Así como la conexión que se da con más de un ordenamiento jurídico local y del cual podría generar problemas de conflictos de leyes, conflictos de jurisdicciones, o reconocimiento de las decisiones dictadas por una autoridad extranjera y que puedan tener fuerza vinculante en otros ordenamientos jurídicos; así como identificar los puntos de conexión, del domicilio, nacionalidad, lugar en que se realiza el acto y ley a ser aplicada. 

En consecuencia podemos destacar algunos fundamentos señalando que el Derecho Internacional Privado justifica su existencia en que pueden darse relaciones jurídicas internacionales o extranacionales. Segundo, en un mundo global la tendencia del hombre no solo se circunscribe sus relaciones jurídicas únicamente dentro de un Estado determinado y los conflictos jurídicos que pueden generarse, sino en el ámbito internacional. Tercero, un ejemplo se da cuando dos personas pertenecientes a un Estado celebran un contrato en otro Estado para hacerlo efectivo en dicho lugar. Cuarto, el Derecho Internacional resuelve cuál es el derecho a aplicar y la ley competente.

Así mismo, puede observarse en esta sesión académica la explicación desarrollada del “Método de Solución de Casos” el cual va a permitir identificar y solucionar casos entre particulares que contienen elementos de extranjería. 

Finalmente debe tenerse presente que esta materia jurídica es estudiada por los alumnos que están en la última etapa de la formación profesional del Derecho y del cual les va permitir completar sus estudios teniendo una visión global de dos disciplinas vinculadas al Derecho Internacional, sea esta de carácter público o de carácter privado.

Espero que pueda ser de mucha utilidad el video y que les permita tener una aproximación al derecho extranjero con la finalidad de comprender y resolver los problemas jurídicos vinculados al Derecho Internacional Privado.



3 comentarios:

  1. Los nuevos presupuestos sociales del actual Derecho internacional privado están constituidos por la libre circulación de modelos de familias extranjeros y por el número creciente de transacciones en Internet. El Derecho internacional privado está reaccionando para afrontar con propiedad estos hechos. Las nuevas normas de conflicto permiten a los particulares la elección de la Ley aplicable y las nuevas normas de competencia judicial internacional permiten a los particulares elegir el tribunal competente.
    A falta de elección de Ley aplicable, las nuevas normas de Derecho internacional privado emplean concretos puntos de conexión para evitar la multiplicación de leyes aplicables, tales como el mercado principalmente afectados o el lugar donde un acto produce sus efectos principales.

    ATTE. CASTILLON GUTIERREZ, CINDY

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  2. El estudio de esta rama del Derecho es de gran importancia puesto que el DIP(Derecho Internacional Privado) nos permite comprender los casos en los cuales una norma extranjera se incorpora a los sistemas jurídicos nacionales, de diversas formas. El DIP tiene como finalidad,obtener seguridad de los derechos en el ámbito internacional y lograr la justicia a base de la aplicación del Derecho extranjero.

    En conclusion,el DIP nos ayuda a resolver conflictos de leyes que surgen cuando interviene un elemento extranjero a través de un supuesto de hecho que vincula a dos o más sistemas legales de vigencias simultáneas.

    Atte, Mavila Trujillo Quiñones

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  3. Los procesos globalizadores, desencadenados durante la última década del siglo pasado, han dado lugar a la creación de una verdadera zona de interacción jurisdiccional donde lo público, lo privado, lo nacional, lo regional y lo internacional ingresan en complejas dialécticas generando tensiones tales que desbordan las previsiones normativas del Derecho Internacional Privado tradicional imponiéndole una ampliación de ellas, lo cual constituye un elemento clave para conferirle a la expansiva actividad comercial transnacional un marco legal bajo el cual regular su actuación y, asimismo, la posibilidad de construir un sistema internacional innovador y fundado en complementariedades productivas antes que en exclusiones, en repartos selectivos a la riqueza, o bien, en imposiciones unilaterales por parte de los grupos económicos.
    WILLY LOPEZ ORDOÑEZ (UNFV)

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